jueves, 22 de noviembre de 2012

Crean Comisión Multisectorial encargada de elaborar propuestas normativas y políticas orientadas a mejorar condiciones ambientales y sociales bajo las que se desarrollan las actividades económicas, especialmente las industrias extractivas



RESOLUCIÓN SUPREMA
N° 189-2012-PCM
Lima, 23 de junio de 2012 
CONSIDERANDO:
Que, el inciso 22 del artículo 2º de la Constitución 
Política del Perú establece que toda persona tiene 
derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado 
al desarrollo de su vida;  
Que, el artículo 67° de la Constitución Política del Perú 
establece que el Estado determina la política nacional del 
ambiente y promueve el uso sostenible de sus recursos 
naturales;
Que, el Perú es reconocido por su crecimiento sostenido, 
que entre otros aspectos, se debe al aprovechamiento de 
sus recursos naturales y a la promoción de la inversión 
bajo reglas claras, al amparo del Estado de derecho; 
Que, para que dicho crecimiento económico se realice 
generando desarrollo inclusivo y sostenido, con protección 
del patrimonio cultural y natural del país, es necesario 
integrar la dimensión territorial y ambiental; 
Que, este nuevo enfoque exige innovar la forma 
de relacionamiento entre nuestro ambiente, el 
aprovechamiento de los recursos naturales, la gestión 
equilibrada del territorio y el uso racional de los recursos 
hídricos;
Que, dentro de este marco, el Estado Peruano busca 
promover la inversión, siempre que ésta se desarrolle en 
armonía con el entorno, respetando la idiosincrasia y las 
actividades económicas y productivas que desarrollan 
las poblaciones involucradas, generando sinergias que 
contribuyan al desarrollo sostenible;
Que, es impostergable la adopción de un proceso 
destinado a mejorar el desempeño de los estándares 
ambientales y sociales, y su aplicación efectiva en el 
país, para lo cual es fundamental adecuar la normativa 
con el objeto de fortalecer la fi scalización ambiental, 
fortalecer instrumentos de prevención, así como articular 
las actividades extractivas con los planes productivos de 
las poblaciones involucradas;
Que, asimismo, resulta imperativo actualizar las 
políticas y regulaciones ambientales que impactan en 
la salud de las poblaciones y aquellos mecanismos de 
prevención y gestión de confl ictos;
Que, para implementar las acciones descritas en 
los considerandos precedentes, se requiere crear 
una Comisión Multisectorial que elabore propuestas 
estratégicas, normativas y regulatorias, que permitan la 
implementación y desarrollo de actividades económicas 
con inclusión social;
Que, el artículo 17° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica 
del Poder Ejecutivo, establece que la Presidencia del 
Consejo de Ministros, es la entidad responsable de la 
coordinación de las políticas nacionales y sectoriales del 
Poder Ejecutivo; 
Que, los artículos 2º y 4° del Decreto Legislativo 
Nº 1013, Ley de Creación y Organización y Funciones 
del Ministerio del Ambiente - MINAM, establece que el 
Ministerio del Ambiente es el organismo rector de la 
política nacional ambiental. Encontrándose dentro de 
sus actividades la regulación ambiental, entendiéndose 
como tal el establecimiento de la política, la normatividad 
específi ca, la fi scalización, el control y la potestad 
sancionadora, por el incumplimiento de las normas 
ambientales, en el ámbito de su competencia; 
Que, el artículo 16° del Decreto Legislativo N° 1078, 
modifi catoria de la Ley del Sistema Nacional de Evaluación 
de Impacto Ambiental, SEIA, establece que el Ministerio 
del Ambiente es el encargado de dirigir y administrar el 
SEIA;
Que, el artículo 6° de la Ley N° 29325, Ley del Sistema 
Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, -
SINEFA- establece que el Organismo de Evaluación y 
Fiscalización Ambiental, OEFA, adscrito al Ministerio del 
Ambiente, es el ente rector del mencionado sistema;
Que, sobre la base de lo expuesto precedentemente 
y en el marco de lo previsto por el numeral 36.2 del 
artículo 36º de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley 
Nº 29158;

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